5- ley 6/2002 de Salud de Aragón - que entra y que no entra para celadores
🔴 Entra (Prioridad ALTA)
Título I – Disposiciones generales
Objeto de la ley: garantizar el derecho a la protección de la salud en Aragón.
Principios rectores: universalidad, equidad, calidad y participación.
Título II – De los ciudadanos
Derechos: acceso a prestaciones sanitarias, información, confidencialidad, igualdad.
Deberes: uso adecuado de los servicios, respeto al personal y normas sanitarias.
Garantía de derechos y protección de la integridad de la persona.
Título III – Derechos de información y autonomía del paciente
Derecho a recibir información clara sobre su estado de salud.
Consentimiento informado.
Respeto a la autonomía del paciente.
Título IV – Organización del Sistema de Salud de Aragón
Estructura: Servicio Aragonés de Salud, áreas de salud, hospitales, atención primaria.
Competencias de la Comunidad Autónoma en materia sanitaria.
🟠 Entra (Prioridad MEDIA)
Título V – Coordinación y cooperación institucional
Relaciones entre el Gobierno de Aragón y otras administraciones.
Coordinación con el Sistema Nacional de Salud.
🟢 No entra (Prioridad BAJA)
Título VI – Investigación y docencia
Formación del personal sanitario.
Promoción de la investigación biomédica.
Título VII – Calidad del sistema sanitario
Evaluación de la calidad asistencial.
Programas de mejora continua.
🎯 Conclusión
Sí entra (alta prioridad): Títulos I, II, III y IV → principios básicos, derechos y deberes de los ciudadanos, autonomía del paciente y organización del sistema sanitario aragonés.
Entra con menor peso (media): Título V → coordinación institucional.
No entra o apenas se pregunta (baja): Títulos VI y VII → investigación, docencia y calidad asistencial.
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