9- Decreto 201/2018 de 21 de Noviembre - Organización de la prevención de riesgos en la CC:AA.

 

📘 Estructura de los artículos 1–25

🔴 Título Preliminar (arts. 1–4)

  • Art. 1: Objeto y ámbito de aplicación → regula que el decreto establece el sistema de prevención para todo el personal de la Administración de Aragón.

  • Art. 2: Integración de la actividad preventiva → la prevención debe estar integrada en todos los niveles jerárquicos.

  • Art. 3: Política de prevención y promoción de la salud → principios generales de actuación.

  • Art. 4: Sistema de Prevención de Riesgos Laborales y Promoción de la Salud → define la estructura básica del sistema.

🟠 Título I. Organización del sistema de prevención

Capítulo I. Integración preventiva y distribución de funciones (arts. 5–11)

  • Art. 5: Gobierno de Aragón → máxima responsabilidad en materia preventiva.

  • Art. 6: Departamento competente en función pública → coordinación general.

  • Art. 7: Departamentos y organismos públicos → obligación de integrar la prevención.

  • Art. 8: Persona titular del departamento u organismo → responsabilidad directa.

  • Art. 9: Secretaría General Técnica → funciones de gestión preventiva.

  • Art. 10: Funciones y responsabilidades generales en prevención.

  • Art. 11: Derechos y garantías del personal en materia preventiva.

Capítulo II. Organización de recursos especializados (arts. 12–16)

  • Art. 12: Organización de los recursos especializados.

  • Art. 13: Servicios de prevención propios.

  • Art. 14: Área técnica → evaluación de riesgos, planes de prevención.

  • Art. 15: Área sanitaria → vigilancia de la salud.

  • Art. 16: Designación de empleados públicos para funciones preventivas.

Capítulo III. Órganos de participación y coordinación (arts. 17–25)

  • Art. 17–20: Comité de Seguridad y Salud → composición, funciones y competencias.

  • Art. 21–23: Delegados de prevención → elección, funciones y garantías.

  • Art. 24: Coordinación entre órganos de prevención.

  • Art. 25: Seguimiento y evaluación del sistema de prevención.

📌 Conclusión

Para la oposición de celador, lo más relevante de estos artículos es:

  • Integración de la prevención en todos los niveles (arts. 2, 5–10).

  • Derechos y garantías del personal (art. 11).

  • Servicios de prevención y áreas técnica/sanitaria (arts. 12–15).

  • Comité de Seguridad y Salud y Delegados de prevención (arts. 17–23).

Estos puntos suelen ser los que más se preguntan porque afectan directamente al trabajo en hospitales y centros sanitarios.

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